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miércoles, 1 de junio de 2016

Permiso para la presentación de espectáculos públicos

Permiso para la presentación de espectáculos públicos


¿En qué consiste?

Trámite que deberán realizar las personas físicas o morales interesadas en presentar espectáculos públicos en lugares que no cuenten con permiso para la operación de giros de impacto vecinal o Zonal para esos efectos.

¿Dónde se realiza?

Ventanilla Única Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes

¿Cuáles son los requisitos?

El titular responsable del espectáculo publico, deberá presentar formato VU-EP.03 debidamente requisito (por un duplicado y con firmas autógrafas) con lo siguientes datos y documentos en original y copia:

¿Qué se le pone al permiso?

Nombre, domicilio para oír y recibir notificaciones, registro federal de contribuyentes, nacionalidad y en su caso, la solicitud de inscripción al padrón del impuesto sobre nóminas y copias de su identificación con fotografía.
Nombre de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones en términos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
En caso de que el solicitante sea extranjero, presentar la autorización emitida por la Secretaria de Gobernación para dedicarse a tal actividad;
En los casos de personas morales, su representante acompañará copia certificada de la escritura constitutiva registrada o con registro en tramite y del documento con que acredite su personalidad y copia de su identificación con fotografía.
El señalamiento y croquis de localización del lugar donde pretenda celebrarse el espectáculo público.
Programa del espectáculo señalando:
Su tipo y contenido
Nombres de las personas que vayan a efectuarlo
La publicidad por la cual se va a difundir
Honorarios y fechas en que se pretende llevar a cabo
El precio de las localidades
Aforo que se pretenda o que se tenga autorizado, según sea el caso.
La manifestación de que se cumple, además de lo ordenado por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal y su reglamento, con lo dispuesto por la Ley de Salud para el Distrito Federal y sus disposiciones reglamentarias, la Ley del Sistema de Protección Civil y su reglamento, el reglamento de construcciones para el distrito federa, la normaticidad en materia de protección al ambiente y conservación ecológica y las demás disposiciones que resulten aplicables y con las obligaciones y autorizaciones impuestas por la Administración Publica local y federal, cuando la naturaleza y clase del espectáculo publico así lo requiera.
Señalar las medidas, sistemas y operativos de seguridad que se instrumentarán para garantizar el orden y la seguridad públicos, así como la integridad de los espectadores.
Ademas de presentar original y copia simple para cotejo de lo siguiente:
Certificado único de Zonificación de Uso del Suelo o Certificado de acreditación de uso del suelo por derechos adquiridos, con el que acredite que el espectáculo público que pretende realizar está permitido en el lugar de que se trate;
Visto bueno de seguridad y operación suscrito por un Director Responsable de Obra, en su caso.
Responsiva de un corresponsable en seguridad estructural, en los términos del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal.
El documento que acredite el vínculo legal entre el titular responsable del espectáculo público y los participantes, respecto del espectáculo público a presentar.
Póliza de seguro de  responsabilidad civil que cubra cualquier eventualidad, riesgo, siniestros, daño, robo, lesión, muerte en el lugar y durante el desarrollo del espectáculo que pueden sufrir espectadores participantes
Constancia de adeudos para acreditar que está al corriente en el pago de las contribuciones previstas en los artículos 141, fracción II, y en su caso 191 y 193, todos del código fiscal del Distrito Federal.
El comprobante de pago de derechos a que se refiere el artículo 190 del código fiscal del Distrito Federal
Oficio de la secretaria de seguridad pública mediante el cual emite opinión favorable y la determinación de requerimientos de seguridad pública necesarios para el desarrollo del espectáculo público.
Comprobante de pago de derecho contemplados en el artículo 256 B) del código fiscal del Df, respecto de los servicios de protecciññon civil ciudadana proporcionados por la secretaria de seguridad pública del Df.
comprobante de pago de derechos `por supervisión, apoyo y vigilancia de personal especializado en materia de protección civil a que se refiere el articulo 258 fracción III del código civil.

En caso de espectáculos públicos masivos

El visto bueno del H. Cuerpo de Bomberos del DF relativo a extintores, señalización, para el caso de incendios y sismos, rutas de evacuación y salidas de emergencia.
2 Comprobante de pago de derechos contemplados en los artículos 256 inciso a, fracciones 1 y 2 y 257 el código fiscal del Df.

Tiempo de respuesta
5 días hábiles





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